Delitos de Cuello Blanco.

DELITOS DE CUELLO BLANCO.
Fue Edwin H. Sutherland quien concentró sus esfuerzos teóricosen encontrar una explicación al fenómeno de la criminalidad de las clasessuperiores, denominado "Delito de cuello blanco" y modificar la nociónde que la delincuencia era sólo perteneciente a la clase baja. Si bien seatribuye a este autor el mérito de profundizar en los aspectos criminológicos,no podemos decir que innovó en cuanto al campo de estudio; es decir relacionara las clases superiores con la actividad delictiva.
Uno de sus antecesores fue Morris, quién en 1934 focalizósus investigaciones en quienes "a causa de su posición social, suinteligencia y técnica para el crimen están en condiciones de moverse entrelos demás ciudadanos virtualmente inmunes a toda consideración ocondena". A este grupo lo denominó "Críminals of de uppenworld"
La influencia más destacada fue la de Veblen, quiendesarrolló "la teoría de la clase ociosa"', en la que se establecíauna relación profunda entre el prototipo de capitalista - hombre adinerado- yel delincuente ideal toda vez que ambos se valían de métodos eficaces pero nolegítimos para obtener el resultado esperado. Se diferenciaban en que elprimero de ellos se arriesgaba menos porque se mantenía más alejado delconflicto legal.
Este autor se caracterizó por mantener un discursoanticapitalista centrado en la cuestión social.
Asimismo otros estudiosos hicieron su aporte original altema, entre los que contamos con Wright Mills quien utilizó el término paradenominar a la clase media, Pietro Paradiso, entre otros. Hay que reconocer queestos trabajos no profundizaron sobre el tema de la criminalidad.
I. Concepto:
Este concepto fue ideado y presentado por Sutherland en lareunión anual organizada por la American Sociological Society que tuvo lugar enFiladelfia, en diciembre de 1939. Se entiende por "delito de cuelloblanco" a aquellos ilícitos penales cometidos por sujetos de elevadacondición social en el curso o en relación con su actividad profesional.
El objeto de estudio seleccionado causó en su tiempo unimpacto revolucionario pues permitió vislumbrar claramente las falencias ocontradicciones intrínsecas al sistema penal. Obligó a afrontar ciertosproblemas de fondo de la criminología como lo es la real distribución de laconducta desviada entre las distintas capas sociales, y la consecuente rupturacon la ficción que consideraba al delito como patrimonio exclusivo de las"lower class", el convencimiento acerca de la existencia de una"cifra negra" de la delincuencia y de que la ley penal se aplicabadiferenciada y selectivamente.
El contexto en el que se desarrolló este concepto fueespecialmente propicio para que su estudio captara la atención social. EstadosUnidos se caracterizaba por el clima social de urbanización. Las primeras décadasdel siglo produjeron en los habitantes fuertes sentimientos de desorganizaciónsocial, producto de la creciente concentración industrial. Todo ello trajoaparejado importantes manifestaciones en el campo delictivo destacándose entreellas la corrupción administrativa, la prostitución, los negocios ilegales dela época de la ley seca, entre otros.
No resulta causal, entonces, que criminólogos destacados sededicaran al estudio del "crimen organizado". La Escuela de Chicago,de donde surge Sutherland, se caracterizó porque seleccionó como objeto deestudio a las ciudades.
II-Características:
Si bien la definición en sí misma asigna característicasespecíficas, otros autores la complementaron, de este modo consideran que ladelincuencia de cuello blanco se distingue del resto por:
- la lesión de la confianza en el tráfico mercantil.
-el uso de la credulidad o ignorancia de la víctima, unaespecial astucia (apariencia legal del hecho) o afección de vastos sectores dela población, e incluso a países enteros. Todo lo dicho torna prácticamenteimposible la identificación del autor
-la circunstancia de que la sociedad tenga conciencia de lailicitud del hecho pero no de su trascendencia criminal
-la imagen de honorabilidad del autor, debido a su posiciónpolítica, social y económica. Su respetabilidad obligó a establecer unarelación cercana entre poder económico y poder político.
-la escasa visibilidad del delito
-la volatilización de la cantidad de víctimas.
-las estructuras anónimas de comunicación.
-El no aparecer en las estadísticas criminales a pesar delalto costo social causado; sea por la imposibilidad de desenmascararlos, o porlos obstáculos para perseguirlas por vía de la administración de justiciapenal.
III- Críticas terminológicas:
Debemos aclarar, por otra parte, que los estudiosos de lacriminalidad económica, marco en el que se desarrollan estas conductas, nomantienen un criterio unívoco de denominación. Así encontramos que seutilizan indistintamente términos como "delitos económicos","delitos financieros", "delitos profesionales","delitos ocupacionales" "respectable crime o el crimen de lospoderosos", entre otros. Se advierte igualmente que si bien algunos autoresrealizan disquisiciones entre los términos antes sugeridos en general lostextos los utilizan equívocamente dejando un amplio margen de discrecionalidadpara determinar las conductas a las que se refiere.
Una de las críticas a este concepto está dada porque suregulación y tipificación es controlada de modo distinto y más ambivalenteque la del crimen común. Se considera que la indefinición puede tener que vercon un proceso de transición y cambio socia! en el que el público no estálisto para una criminalización más directa de estas conductas.
Por otra parte autores como Nelken, se ocupan de refutar elconcepto destacando que el autor no discierne entre delitos cometidos por unaorganización o compañía de los que se cometen a expensas de ella. Consideraque no tiene una lógica interna debido a que superpone "delitos cometidospor personas de alta jerarquía" "delitos cometidos por empresas"y "delitos en contra de las empresas". Entiende que concepto mezcladefinición y explicación, supuesto que imposibilitaría la investigación dela correlación empírica de posición y criminalidad.
Realiza también objeciones que considera sustantivas.Critica a Sutherland porque da por supuesto que los delitos cometidos portransgresores de alta posición están dirigidos a los pobres, igual a lainversa. Sostiene que la relación entre crimen y empresa no se circunscribe aquienes tienen posiciones ejecutivas y que hubo un aumento considerable de lapoblación empleada en puestos de "cuello blanco".
IV- Sutherland y "EL DELITO DECUELLO BLANCO":
En su libro presentado en 1939, abarca y desarrolla tresgrupos temáticos.
1- El problema del delito de cuello blanco: señala que nodebe acotarse el campo de estudio a los hechos relacionados con la pobreza y suspatologías relacionadas, debido a que de este modo se deja afuera unconglomerado de relevantes conflictos
Considera que uno de los principales inconvenientes con losque se encuentra quien intente estudiar este tipo de delitos está dado porquelas explicaciones comunes resultan inválidas debido a que las estadísticas estánviciadas. La cifra "negra" de la delincuencia y su problemática seentiende fundamentalmente en estos supuestos
Por otra parte los sujetos activos de estos delitos sonpersonas de clase socioeconómica alta, con poder económico y político, einfluencias en los órganos encargados de la administración de justicia. Éstolas torna menos vulnerables ya sea porque escapan a la detención o a la condenao bien porque pueden contratar abogados más hábiles, para su defensa. Asimismolos operadores jurídicos se muestran muy parciales a la hora de encargarse deeste tipo de delitos. Consagran beneficios a su favor como que no son arrestadaspor la policía, generalmente no son sometidas a tribunales penales y no van ala cárcel..
Se advierte que los ámbitos en los que se cometen sonbastante diversos, puede darse en la política, en la medicina, en la industria,en el comercio, etcétera.
Sin embargo a pesar de todo lo dicho se sabe que los costosfinancieros son mucho más altos que los de otros delitos.
V-El informe estadístico:
Tabuló las decisiones de los tribunales y las comisionesadministrativas contra setenta de las doscientas mayores corporaciones, se incluíanproductoras, mineras y comerciales.
Entre ellas se advirtió diversos tipos de violacioneslegales, entre las que se destacan las restricciones al comercio, falsarepresentación publicitaria, infracciones de patentes, marcas de fábrica,derechos de autor, prácticas laborales injustas, fraudes financieros y violacióna la confianza.
Entiende que las causas de la distorsión de las estadísticasa la que previamente hicimos referencia puede estar dada porque muchas de lasdecisiones no fueron publicadas en las series de informes federales y estatales,muchas demandas son arregladas fuera del tribunal, la administración de drogasy alimentos no publicó sus informes con nombres de los autores, muchas de lasempresas subsidiarias no aparecen. Debemos aclarar que utilizó para su estudiolas decisiones tomadas por tribunales Administrativos arribándose a que el 16%de las empresas había actuado ilegalmente.
VI-¿Es un delito el delito de"cuello blanco"?:
Sutherland enmarca a los delitos comunes y a los de cuelloblanco en un único concepto de delito. La característica fundamental deldelito es que es una conducta prohibida por el Estado contra la que éstereacciona por medio del castigo al menos como último recurso (El estado prevétanto el hecho como la sanción)
Por esta razón considera que los actos cometidos por estosautores son delitos, pero que por la implementación de procedimientosespeciales, se elimina o minimiza el estigma delictivo. Unido a ello existenfactores de aplicación diferencial:
1- Los juicios a hombres de negocios combinan miedo yadmiración, homogeneidad cultural con legisladores, jueces y funcionarios.
2- Se tiende a no usar métodos penales: probation, trabajode casos, política educativa en las prisiones.
Sentimiento relativamente desorganizado del público haciaesta clase de delitos, sus efectos son difusos y que los medios masivos noexpresan sentimientos morales organizados
VII-Justificación criminológica:
EI concepto ideado por Sutherland supone un apartamientoradical de la criminología positivista implantada en Europa y se inscribe entrelas teorías predominantes de su tiempo, no implica la ruptura con el modeloetiológico, es decir inspirado en las causas del delito y en una ambicióncorreccionalista según la cual eliminadas o reducidas las causas, se reduciríael fenómeno criminal.
Son distintas las teorías que trataron de explicar este tipode criminalidad, pero podemos diferenciar dos grandes grupos:
VIII-Teorías de la personalidad del autor:
Si bien es una de las argumentaciones esgrimidas sobre laetiología de la delincuencia de cuello blanco, debemos advertir que éstas hansido fuertemente criticadas y han sido prácticamente descartadas comojustificativas.
Su base teórica la desarrollan a partir de las característicaspsíquicas de quien es considerado delincuente.
En este orden de ideas se destaca el "Psicodrama deMergen" que describe la estructura psíquica del delincuente de cuelloblanco. Sus caracteres principales son: - Materialismo: sólo da valor a losbienes materiales. Es un auténtico maníaco, su tensión patológica se liberacon la ganancia siendo su psicología similar a la del jugador.
- Egocentrismo (propio del estado primario), no alcanzan alograr afectividad, esta soledad la compensan mostrándose caritativos ygenerosos.
- Narcisismo: los hace soberbios, insensibles y se traduce asu situación social , ropas, dinamismo y audacia. Inteligencia.
- Peligrosidad: porque no valoran límites éticos.
- Hipocresía: son fríos y se muestran generosos.
- Neuróticos: falta de conciencia de culpabilidad, se debe aque estos actos no provocan reacción social, por lo que no son consideradoscomo delito.
Crítica: esta tesis no se adecua a la realidad, y no existeconsenso en considerar al delincuente de cuello blanco como un enfermo.
IX-Teorías de orientación sociológica:
Sin dudas es a explicaciones de este tipo a las que serecurre a la hora de evaluar criminológicamente la conducta del delincuente decuello blanco.
Advertimos que se ha tomado una selección de las teoríasque consideramos más representativas.
X-Teoría de la asociacióndiferencial:
La teoría de la asociación diferencial, postulada por EdwinH. Sutherland, rompe con el modelo consensual y orgánico de la sociedad, debidoa que considera que las organizaciones sociales se encuentran pulverizadas. Cadauna posee una jerarquía de valores propia.
Según esta teoría la conducta criminal es aprendidamediante la comunicación social, en el interior de un grupo restringido dondese establecen relaciones personales (igual que cualquier otro modelo decomportamiento). Estas asociaciones tendrán más o menos preponderancia en laformación del individuo de acuerdo a la frecuencia, duración, anterioridad,intensidad con que se entablen.

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